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LLAMADO A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

Estimadas Socias:

El Consejo Directivo de la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas en su sesión del pasado martes 5 de abril, cumpliendo con los artículos 28 y 30 de sus estatutos, resolvió convocar a sus asociados a  una Asamblea General Extraordinaria a realizarse el día martes 17 de mayo de 2022 en la Sede de CUDECOOP ubicada en Av. 18 de Julio 948 oficina 502, Montevideo.

1ª Convocatoria – hora 17:00

2ª Convocatoria – hora 18:00

Orden del Día:

  1. Selección de los candidatos que se propongan al Poder Ejecutivo para integrar el Instituto Nacional del Cooperativismo y fijación de las orientaciones políticas y estratégicas a las que deberán sujetarse los delegados electos.

El Artículo 28 de los Estatutos de CUDECOOP señala que “Corresponderá a la Asamblea la selección de los candidatos que se propongan al Poder Ejecutivo para integrar el Instituto Nacional del Cooperativismo y la fijación de las orientaciones políticas y estratégicas a las que deberán sujetarse los delegados electos.”En tal sentido el martes 10 de mayo es la fecha límite para recibir las candidaturas, así como sugiere no enviar más de 3 postulantes por Socia, con un breve Currículum adjunto del/a candidato/a.  

Como en las elecciones anteriores, las candidaturas son recibidas por la Secretaría de la Confederación para ser renviadas a todas las socias.

La elección se realizará mediante voto secreto, eligiendo 6 postulantes que serán enviados al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en orden de votación para la designación de los Delegados al Instituto Nacional de Cooperativismo.

Asimismo señalamos que los delegados del movimiento ante INACOOP, serán mandatados por el Consejo Directivo de CUDECOOP y por la Asamblea, se les demandará un activo involucramiento en la organización, participación en todas las sesiones del Consejo Directivo de CUDECOOP así como en todas las instancias en que sean requeridos para la coordinación de la política gremial y su desempeño en el INACOOP.

 

Artículo n° 194, de la Ley 18.407

(Dirección y administración).- El Instituto Nacional del Cooperativismo (INACOOP) será dirigido y administrado por un Directorio de cinco miembros, integrado por tres delegados del Poder Ejecutivo, uno de los cuales actuará en calidad de Presidente y otro en calidad de Vicepresidente, y dos delegados del sector cooperativo .Los delegados representantes del sector cooperativo serán designados por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas (CUDECOOP), de una nómina de seis personas. El Poder Ejecutivo procederá a designar de oficio los representantes del sector cooperativo cuando no se hubiera formalizado la proposición de los delegados dentro del plazo de treinta días desde su requerimiento.

La compensación por las actividades de los Directores será determinada de acuerdo a la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo. La duración del mandato de los miembros del Directorio será de dos años, pudiendo ser reelectos por dos períodos más. Los delegados del Poder Ejecutivo podrán ser sustituidos de oficio y los delegados del sector cooperativo a iniciativa de la entidad proponente y, en ambos casos, con expresión de la causa que motiva la medida.

Cada miembro del INACOOP tendrá su correspondiente alterno que será designado por el Poder Ejecutivo. La reglamentación determinará el régimen de suplencias a aplicarse. Los miembros salientes permanecerán en sus funciones hasta que asuman los nuevos miembros designados.

A los efectos de presentar a la Auditoría Interna solicitamos a cada Federación/Cooperativa que nos confirme recepción de este correo.

Asimismo, les recordamos que nos hagan llegar una nota con titular y alterno designado para  la representación en Asamblea de vuestra Federación/Cooperativa, ya que es incompatible la calidad de Asambleísta con la de integrante del Consejo Directivo y Comisión Fiscal (art. 35 y 45 de los Estatutos).

 

LLAMADO AGE 170522